El cantante de música urbana Antonio Piter de la Rosa (Omega El Fuerte), acusado de violencia de género contra su ex pareja, Sahira Valerio, no sería puesto en libertad el 23 de este mes, debido a que la Fiscalía del Distrito Nacional notificó al juez de Ejecución de la Pena de Santo Domingo del recurso de apelación que interpuso a la sentencia que favorece al acusado.
El fiscal apoderado del caso, Eduardo Velázquez, explicó hoy que el Ministerio Público apeló la sentencia del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, porque la misma deja desamparada a la víctima, porque no estableció una indemnización de un millón de pesos en favor de la agredida, como se había acordado con el imputado para reducirle el cumplimiento de la pena.
“El tribunal no se pronunció con respecto a la indemnización que solicitó el Ministerio Público a favor de la víctima. Fue un acuerdo pleno entre las partes: Ministerio Público, víctima, imputado y defensa y el tribunal hizo caso omiso”, precisó.
Velázquez consideró que un tribunal debe respetar los acuerdos a los que arribe el Ministerio Público con las partes de un proceso.
Señaló que en el convenio Omega se comprometió a resarcir a la querellante con un millón de pesos y que el tribunal no lo tomó en consideración. El recurso de apelación que fue depositado el viernes en el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional fue notificado al abogado de Omega, Tomás Castro, para que en un plazo de 10 días conteste la instancia incoada por la Fiscalía.
Procedimiento
Vencido los diez días hábiles, la secretaria del tribunal remite las actuaciones (el recurso) a la Corte de Apelación del Distrito Nacional.
Luego de llegar a un acuerdo con el imputado, la Fiscalía del Distrito Nacional apeló la decisión del Primer Tribunal Colegiado que suspendió cuatro años y cuatro meses a una pena de cinco años que impuso a Omega El Fuerte por violencia de género contra su excompañera sentimental.
El Ministerio Público recurrió el viernes la sentencia, con el alegato de que el tribunal varió el acuerdo, al no condenar al acusado al pago de un millón de pesos como indemnización a la víctima, que solicitó el órgano acusador, para que la agredida pueda iniciar una nueva vida lejos del condenado.
Sin embargo, el tribunal presidido por Gisselle Méndez Álvarez rechazó dicho pedimento bajo el argumento de que el Ministerio Público no puede pedir indemnización y prefirió ceñirse estrictamente a lo legal, antes que tutelar los derechos de una víctima, según la instancia apelativa del órgano acusado.
El cantante urbano fue sometido a la justicia, porque en enero de este año llevó a su ex pareja a la cabaña Unix, de la autopista 30 de Mayo del kilómetro 12 del Distrito Nacional, donde empezó a reclamarle por una supuesta infidelidad y la golpeó a trompadas por las costillas con dos cadenas envueltas en una toalla, según la acusación.
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