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Ex jefe PN dice nueva ley privilegia retiro forzoso en detrimento del retiro voluntario

Bernardo Santana Paez
El ex jefe de la Policía Nacional mayor general retirado, Bernardo Santana Páez, reveló este viernes que la nueva ley orgánica de la Policía Nacional privilegia el retiro forzoso por faltas graves cometidas  por uno de sus miembros que haya cumplido 20 años, al otorgarle de manera total la pensión.
Sostuvo que mientras a esos oficiales se les privilegia con la pensión total,  los miembros policiales que opten por un retiro voluntario al cumplir 25 años de servicio ininterrumpido, no recibirán los haberes y pensiones correspondientes, sino cuando alcance los 55 años de edad.
En tal sentido, llamó la atención de las autoridades para que  busquen una solución urgente a las disposiciones contenidas en el párrafo 2 del artículo 104 (tipos de retiro), de la nueva ley orgánica de la Policía Nacional 590-16.
“Esa ley privilegia con una pensión total a los miembros de la institución que hayan cumplidos 20 años de servicio y cometieren faltas graves, que acumulen cinco o más sanciones disciplinarias, que hayan sido condenados mediante sentencia o que hayan participado en la comisión de algún delito o acto reñido contra el orden público”, precisó.
El ex jefe policial indicó que es injusto que mientras un miembro de la Policía Nacional se pasa 20 años prestando servicio a la institución y con derechos adquiridos, la nueva ley lo penaliza subiéndole 5 años para obtener su pensión, sin un artículo transitorio que aclare si esa disposición se le aplica a los que están o a los que ingresen después de la promulgación de la nueva ley.
Santana Páez puso como ejemplo que con la nueva Ley Orgánica de la Policía Nacional, si un oficial de la policía ingresa a los 20 años y presta servicio a la institución durante 25 años y opta por el retiro voluntario al cumplir los 45 años, deberá esperar 10 años sin recibir la pensión y sus haberes como miembro de la institución hasta que no cumpla los 55 años.
Afirmo que en cambio otro oficial que ingrese a los 20 años y cometa un hecho delictivo o criminal y es retirado forzosamente por el Estado le sale su pensión y sus haberes completos, por lo que habría que analizar el impacto de esa disposición.
“Esto hay que aclararlo muy bien para prevenir que la familia de los policías que se pensionen no pasen hambre, esperando 10 años para conseguir el sustento de la canasta familiar después de haber trabajado 25 años”, sostuvo.
Dijo  que en relación a los cinco años que se le ha agregado al tiempo para retirarse, una situación similar se presentó cuando se estaba formulando la Ley Institucional de las Fuerzas Armadas.
Al respecto dijo que se resolvió sin ningún trauma agregándole una disposición transitoria que establece: “Artículo 261.- Exclusión de Aplicación Tiempo de Retiro. En lo referente a los 25 años como tiempo mínimo para pensión y retiro voluntario, será aplicable al personal que ingrese a las Fuerzas Armadas a partir de la promulgación de la presente ley”.

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