La Junta Central Electoral (JCE) recordó a los partidos políticos la disposición que prohíbe la propaganda en los colegios electorales el día de las elecciones y pone fin a las actividades de campaña 24 horas antes del inicio de las votaciones.
El artículo 108 de la Ley Electoral No. 275-97 establece que desde 24 horas antes del día de elecciones no se pueden realizar manifestaciones o reuniones públicas de carácter político.
También manda cesar 24 horas antes de las elecciones toda clase de incitación o propaganda electoral por la prensa, radio, televisión, avisos, carteles, telones y otros medios similares.
“La JCE confía en que los dirigentes de los partidos políticos y los responsables de los medios de comunicación acatarán el mandato de la ley que ordena el cese de la propaganda y las actividades políticas públicas a partir de las 6.00 a.m. del sábado 14 de mayo”, dijo el presidente del organismo, doctor Roberto Rosario Márquez.
Igualmente, señaló, que “los partidos están comprometidos a colaborar en la creación del ambiente adecuado para el ejercicio del sufragio en los colegios electorales, y entre otras actitudes constructivas deben ordenar a sus delegados y seguidores abstenerse de hacer propaganda en esos recintos ni en su entorno”.
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