El Ministerio de Trabajo informa a empleadores, trabajadores y a la población empresarial en sentido general, las fechas en que serán celebrados los días feriados durante el año 2017 , dando cumplimiento a la Ley 139-97, la cual establece la aplicación de los días feriados . El domingo 1 de enero, fecha de celebración del “Año Nuevo”, no se cambia, el viernes 6 del mismo mes, conmemoración del “Día de los Santos Reyes”, se trabaja y se cambia para el lunes 9 de enero. El sábado 21 de enero, día de “Nuestra Señora de la Altagracia”, no se cambia, el jueves 26, fecha que se conmemora el “Natalicio de Juan Pablo Duarte”, se trabaja y se cambia para el lunes 30, el lunes 27 de febrero, “Día de la Independencia Nacional”, es inamovible. El Viernes Santo, festividad religiosa en que se conmemora la muerte de Jesucristo, no se cambia, por tanto, se mantiene el viernes 14 de abril como día feriado. Asimismo, el “Día del Trabajo”, lunes 1ro d...