
Las modificaciones aplicadas al artículo 340 del Código de Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-3) especifican que los adolescentes con edades entre 13 y 15 años podrían ser privados de libertad durante un período comprendido entre uno y 10 años, mientras que los imputados que tengan entre 16 y poco menos de 18 estarían supuestos a recibir sanciones de hasta 15 años de cárcel.
La privación de libertad definitiva también podría aplicarse a los adolescentes que cometan infracciones castigadas en el Código Penal con más de cinco años de reclusión.
“La privación provisional de la libertad, ordenada por un juez durante la investigación, tendrá una duración máxima de cuatro meses, y podrá ser sustituida por otra menos grave a solicitud de una de las partes”, indica el texto que modifica el artículo 291 del Código. Si el juez apoderado considera que el caso lo amerita, podría llevar la prisión preventiva hasta un tope de seis meses.
“Soy partidario de que el menor que cometa un hecho criminal con el discernimiento de mayor se juzgue como mayor, que se le apliquen penas ejemplares”, dijo el presidente de la Cámara, Abel Martínez, al motivar la aprobación del proyecto que cambia los artículos 279, 291, 296, 339, 340 y 380, y elimina el 350.
La primera lectura del Código del Menor se aprobó con el voto de 133 de los 139 diputados presentes en el hemiciclo. Se registraron dos votos en contra y cuatro abstenciones. La pieza será sometida a segunda lectura en la sesión de hoy, convocada para las 10:00 de la mañana.
El informe de la modificación del Código del Menor, presentado por Demóstenes Martínez, generó una intensa discusión en el hemiciclo. Los legisladores Marino Collante, Abel Martínez (presidente), Ruddy González (vocero PRD), Ramón Rogelio Genao (vocero PRSC) y Teodoro Ursino Reyes respaldaron el aumento de las penas, por considerar que las servirían para reducir los niveles de criminalidad.
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